A partir de la fecha de entrada en vigor del DECRETO 233/2013 de 5 de Abril, por el que se regula el plan estatal de fomento de alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbana…
Se PROGRAMAN las actuaciones sometidas a ITE, Inspección Técnica de Edificios.
¿Hasta CUANDO puedo hacer la ITE de mi EDIFICIO?
Sin perjuicio de la planificación municipal , las ITE se efectuarán conforme a la programación que a continuación se establece:
a) Hasta el 31 de diciembre del año 2013, los edificios construidos con anterioridad al año 1901.
b) Hasta el 31 de diciembre del año 2014, los edificios construidos entre los años 1901 y 1940.
c) Hasta el 31 de diciembre de 2015, los edificios construidos antes del año 19654 y todos los catalogados restantes.
d) A partir del 31 de diciembre del año 2015, anualmente deberá realizarse la primera ITE de los edificios no incluidos en los apartados anteriores que tengan una antigüedad superior a los 50 años y las segundas y posteriores antes de transcurrir los diez años de la primera o posteriores inspecciones.
KL aparejadores, realizamos una ITE PROFESIONAL, VISITANDO EL 100% DE LAS VIVIENDAS Y LOCALES, realizando un informe completo que junto al CERTIFICADO ENERGÉTICO DEL EDIFICIO, el cliente puede conocer su edificio y valorar, junto a nuestro asesoramiento técnico si precisa realizar una REHABILITACIÓN DE SU EDIFICIO y que SUBVENCIONES existen para acometer las obras, en caso de ser necesario.